Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: Planteada modificación de medidas dirigida a la extinción del uso de la vivienda familiar por cuanto que los hijos son mayores de edad, tienen independencia económica y viven independientes, la sentencia de instancia limitó el uso hasta que recayera resolución en el procedimiento de liquidación de gananciales. Recurrida la sentencia, la Sala trae a colación la doctrina jurisprudencial en la interpretación del artículo 96 del Cc y considera que dada la clara suficiencia económica de la Sra. Ana para proveerse de una vivienda -sea esta en propiedad, sea en alquiler- y el tiempo que ya lleva disfrutando en exclusiva del uso del que fuera el domicilio familiar desde que sus hijos salieron del mismo y residen en sus propios domicilios, no se aprecian motivos para dilatar la extinción de tal uso a la fecha en que se dicte la resolución en el procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales, estimando más ponderado y ajustado a las circunstancias que dicho uso se prolongue solo durante un año más a contar desde la fecha de la sentencia de apelación, considerando que dicho periodo de tiempo es suficiente y adecuado para encontrar y trasladarse a otra vivienda.Se estima el recurso.
Resumen: En procedimiento de jurisdicción voluntaria, se otorga la facultad de decidir sobre la vacunación de Covid-19 respecto del menor a su padre. Recurre la progenitora interesando la revocación y que se le otorgue a ella la facultad de decidir al respecto.Argumenta la recurrente que tiene una personal desconfianza ante este tipo de vacuna en concreto, al no reportar beneficio para el menor dado que la transmisión de los menores es mucho menor que la de los adultos. Considera que el interés superior de su hijo le lleva a preservarle de la vacuna. Señala la Sala que No corresponde en el ámbito de la justicia entrar en debates científicos sobre las consecuencias que puede conllevar la vacuna, o no ponerse la misma, pero es innegable que desde la existencia de las vacunas, la mortalidad, la gravedad y las consecuencias que produce la infección por Covid ha disminuido, y la asistencia sanitaria por causas grave corresponde proporcionalmente a más personas sin vacunar que vacunadas.Se considera que la vacunación del menor por lo expuesto no va contra el interés del mismo, sino que se hace para evitar desarrollar una mayor gravedad en caso de infección, estando aprobaba por las autoridades sanitarias y pediatras. Se desestima el recurso.
